SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0656/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0656/2020-S2

Fecha: 12-Nov-2020

1)

Yola Bernal Escobar, Encargada de RR.HH. de la Oficina Departamental de    La Paz del Consejo de Magistratura, por informe escrito de 9 de enero de 2020, cursante de fs. 110 a 112, refirió que: 1) La impetrante de tutela fue dada de baja el 28 de septiembre de 2019, por cumplimiento de periodo de funciones conforme al art. 92 de la LOJ, previo criterio de Asesoría Legal de esa institución LEG-LP 189/2019 de 24 de igual mes, que concluyó que si bien no procede la inamovilidad laboral, en resguardo de los derechos de su hija, el subsidio de lactancia no fue suspendido en ningún momento y continuará siendo entregado hasta que la menor cumpla un año de edad; 2) La acefalía del ítem que dejó la solicitante de tutela fue cubierto por Adriana Alejandra Morales Vargas, quien fue designada mediante Acuerdo “83/2019” -no refiere fecha- y notificada el 23 de octubre de 2019 con el Memorándum “532/19-CM-URH” -sin fecha-; y, 3) El 15 de noviembre de similar año, en base al Informe de Criterio Legal “…C.M. /LP, /A.L. N° 219/2019…” (sic) emitido por la indicada Asesoría Legal, para el cumplimiento de la medida cautelar dispuesta por el Presidente de la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La paz, la Unidad de RR.HH. elaboró el memorándum de reincorporación de la accionante hasta que se resuelva la acción de amparo constitucional; sin embargo, esta no se presentó para su notificación y recién el 18 de noviembre de igual año, se apersonó reusándose al mencionado diligenciamiento, saliendo intempestivamente de la citada Unidad.