SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0673/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0673/2020-S4

Fecha: 04-Nov-2020

1)

Nataly Patricia Flores Aguanta, José Luis Rodríguez Landaeta y Roger Ernesto Gutiérrez Martínez, Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal Segundo del departamento de Oruro, mediante informe escrito de 28 de mayo de 2020, cursante de fs. 20 a 21, señalaron: 1) El decreto de 18 de mayo de 2020, que determinó se aguarde la conclusión de la cuarentena y la inviabilidad de la audiencia virtual, no fue objeto de recurso de reposición u otro, para la correspondiente reconsideración, incumpliendo el principio de subsidiariedad; 2) El Tribunal de Sentencia Penal Segundo estuvo de turno el 12 y 18 de mayo de 2020; así como el 27 al 29 del mismo mes y año; empero, el momento en que se emitió el decreto de 18 de mayo de 2020, aún no se conocía el nuevo rol de turnos; otro aspecto que impidió el señalamiento de audiencia fue que para esa fecha la ciudad se mantenía en riesgo alto; 3) Habiendo conocido en el día, que Oruro rompió la cuarentena total el 1 de junio de mismo año, se fijó audiencia para el 2 de igual mes y año, a las 10:00, señalamiento efectuado previo a tomar conocimiento de la acción de libertad; y, 4) Debe considerarse que el señalar audiencia en medio de la cuarentena total resultaba inviable por cuanto si bien se encuentra habilitada la plataforma blackboard ésta puede ser usada en los casos señalados por la Circular 11/2020; además que en dicha plataforma, no existe una Sala separada a efectos de que se pueda deliberar. Fijar audiencia presencial era poner en riesgo el derecho a la salud de todos los sujetos procesales al igual que de los jueces.