SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0682/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0682/2020-S2

Fecha: 19-Nov-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En el marco del proceso penal seguido en su contra por el supuesto delito de violación de infante, niño, niña o adolescente en grado de tentativa, el 8 de junio de 2020 solicitó la cesación de su detención preventiva, al respecto el Juez Público Mixto e Instrucción Penal Primero de Caiza “D” del departamento de Potosí señaló audiencia para el 10 de igual mes y año; empero, dicho acto procesal fue suspendido por la aludida autoridad bajo el argumento que el legajo de apelación no había sido devuelto por la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia del mismo departamento; razón por la que, no conocía los fundamentos para considerar la referida petición. Sin embargo, el referido juzgador no observó que la mencionada solicitud no se circunscribió a la modificación o inconcurrencia de peligros procesales; sino que, se fundó en el cumplimiento en el vencimiento del plazo de la detención preventiva, de acuerdo a lo previsto en el art. 239.2 del Código de Procedimiento Penal (CPP).

En la citada fecha, posterior a la suspensión del referido evento procesal, el Ministerio Público presentó requerimiento conclusivo de acusación formal; en cuyo mérito, el señalado administrador de justicia, mediante proveído de 12 de junio de 2020, determinó que el expediente sea remitido ante el Tribunal de Sentencia de turno; al respecto y considerando que su solicitud de cesación a la detención preventiva no fue resuelta, el 18 de igual mes y año presentó recurso de reposición contra esa providencia, solicitando que se deje sin efecto la señalada remisión mientras no se resuelva dicho extremo; sin embargo, el mencionado recurso no fue resuelto debidamente por la referida autoridad judicial, pues mediante providencia de igual fecha se limitó a señalar que perdió competencia y en consecuencia dispuso que se envíe el aludido recurso para acumularlo al expediente principal. Extremos que considera vulneran su derecho al debido proceso vinculado con su derecho a la libertad.