SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0742/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0742/2020-S3

Fecha: 12-Nov-2020

concedió en parte

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Resolución 26/2020 de 7 de mayo, cursante de fs. 58 a 59 vta., concedió en parte la tutela solicitada, disponiendo que: 1) El Juez hoy accionado en el día remita antecedentes ante la Sala Penal correspondiente para la tramitación del recurso de apelación incidental; y, 2) Exhortar a los Vocales de la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz a recepcionar los recursos que recaigan en su competencia con las medidas de seguridad definidas por el citado Tribunal Departamental de Justicia, ya sea por un medio electrónico o plataforma digital, para garantizar una resolución pronta y oportuna de las solicitudes, bajo los siguientes fundamentos: i) Debido a la pandemia por la que atraviesa nuestro país, es evidente que por seguridad los funcionarios judiciales que se encuentran en provincia no pueden trasladarse a la Capital o por lo menos debiera ser esa la regla, pero el Tribunal Supremo de Justicia y a su vez, el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, conforme a lo dispuesto por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) respecto a las personas que se encuentran privadas de libertad, emitieron varias circulares habilitando formatos digitales para garantizar sus derechos; ii) Los argumentos expuestos por la autoridad judicial hoy accionada de no poder remitir los antecedentes, solo denota la lesión del derecho a la libertad; y, iii) No es posible definir la situación puesta a su conocimiento, entendiendo que la decisión a tomarse debe ser ampliada porque se introdujo a la presente causa un hecho que no se conocía “a fortiori” (sic), el cual debe ser subsanado por las autoridades judiciales que tienen la obligación de conocer las controversias que son de su competencia.