SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0806/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0806/2020-S3

Fecha: 27-Nov-2020

denegó

La Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Resolución 051/2020 de 15 de mayo, cursante de fs. 18 a 23, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: i) Conforme a las SSCC 1326/2003-R de 12 de septiembre y 0526/2007-R de 28 de junio, los recursos constitucionales no son la vía o mecanismo idóneo para pedir el cumplimiento de las resoluciones dictadas dentro de las acciones tutelares, por cuanto, un eventual incumplimiento de una acción no puede resolverse a través de la interposición de otra acción constitucional; ii) En esa misma línea la SCP 0243/2012 de 29 de mayo dispuso que en caso de desobediencia a las resoluciones dictadas en las diferentes acciones constitucionales, no corresponde la presentación de otra acción tutelar, sino que ello debe ser solicitado al juez o tribunal de garantías que lo conoció, por ser la autoridad llamada a cumplir el fallo; y, iii) El accionante tiene la vía legal correspondiente conforme prevén los arts. 40.II del Código Procesal Constitucional (CPCo) y 127.I de la CPE, o finalmente, iniciar la acción penal por desobediencia a resoluciones de acciones de defensa y de inconstitucionalidad previsto en el art. 179 del Código Penal (CP).