Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0275/2020-CA
Fecha: 24-Dic-2020
en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes,
Por su parte, el art. 73.2 del CPCo, estipula que la acción de inconstitucionalidad concreta procederá: “…en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales” (las negrillas son nuestras).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- “NO HA LUGAR”
- II.1. Normas impugnadas y precepto constitucional supuestamente infringido
- en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes,
- antes de la ejecutoría de la Sentencia”
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR