DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2020

Fecha: 14-Dic-2020

4.

4.   La Ley 3545, que modifica la ley 1715, mediante el art. 27, sustituye el art. 48, de la siguiente manera: “la propiedad agraria, bajo ningún título podrá dividirse en superficies menores a las establecidas para la pequeña propiedad. Las sucesiones hereditarias se mantendrán bajo régimen de indivisión forzosa. Con excepción del solar campesino, la propiedad agraria tampoco podrá titularse en superficies menores a la máxima de la propiedad, salvo que sea resultado del proceso de saneamiento”.