SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0749/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0749/2020-S2

Fecha: 01-Dic-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra, por la presunta comisión del delito de uso indebido de influencias; llevada a cabo la audiencia de medidas cautelares se emitió el Auto Interlocutorio 42/2020 de 17 de enero, ante la concurrencia de los peligros procesales previstos en los arts. 234.1 y 2; y, 235.2 del Código de Procedimiento Penal (CPP), se dispuso su detención preventiva, decisión contra la cual formuló recurso de apelación incidental, el que fue resuelto por Auto de Vista 56/2020 de 6 de febrero, dejando sin efecto el riesgo procesal establecido en el art. 234.1 y 2 del citado Código y se dispuso la reducción del plazo de la detención impuesta de seis a cinco meses.

El 26 de mayo de 2020, presentó solicitud de cesación de su detención preventiva mediante buzón judicial, al amparo de lo previsto en el art. 239.1 y 5 del CPP modificado por la Ley de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de la Lucha Integral contra la Violencia a Niñas, Niños, Adolescentes y Mujeres -Ley 1173 de 3 de mayo de 2019-; toda vez que, la Resolución primigenia de medidas cautelares se plasmó a través del Auto Interlocutorio 42/2020; por lo cual, instauró recurso de apelación incidental obteniendo como resultado el Auto de Vista 56/2020; posterior a ello, activó una acción de libertad contra esta última decisión concediéndole la tutela y disponiendo se emita una nueva determinación; es así que, se generó el Auto de Vista 132/2020 de 11 de mayo.