SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0754/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0754/2020-S2

Fecha: 01-Dic-2020

1)

Dina Jenny Larrea López, Jueza de Instrucción Penal Tercera de El Alto del departamento de La Paz, por informe escrito de 18 de junio de 2020, cursante a fs. 8, manifestó lo siguiente: 1) El proceso penal de referencia radicaba en su Juzgado; y, 2) Aclaró que se encontraba desarrollando por medio de “Blackboard” una audiencia dentro la misma causa, solicitando un cuarto intermedio para poder asistir a través de la aludida plataforma virtual a la acción de defensa; asimismo, impetró se de lectura al informe emitido por el Secretario suplente de su despacho mediante el cual se remitió la  grabación de la cesación a la detención preventiva promovida por el peticionante de tutela.

1. Cuando la acción de libertad esté fundada directamente en la vulneración al derecho a la libertad personal por causa de haberse restringido la misma al margen de los casos y formas establecidas por ley, y no esté vinculada a un delito y por tanto no se hubiera dado aviso de la investigación, la acción puede ser activada de forma directa contra las autoridades o persona que violentaron la Constitución Política del Estado y la ley; aclarando que el Juez de Instrucción de turno, no tiene competencia para el efecto conforme se ha señalado en el Fundamento Jurídico III.2.1 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional.