SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0762/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0762/2020-S2

Fecha: 02-Dic-2020

1)

Yerko Martín Núñez Negrette, Ministro de la Presidencia del Estado Plurinacional de Bolivia, a través de su representante, mediante informe escrito presentado el 14 de febrero de 2020, cursante de fs. 227 a 232, señaló que: 1) La peticionante de tutela no cumplió con el principio de subsidiariedad antes de plantear esta acción tutelar; toda vez que, de conformidad al art. 69 de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA), debía agotar la vía administrativa formulando el silencio administrativo, por lo que aún podía pronunciarse; pues no perdió competencia y esa etapa procesal concluía con la emisión del fallo que resuelva el recurso jerárquico; y, 2) Si bien, culminó el plazo para resolver la impugnación; empero, la accionante, “…no planteó el silencio administrativo…” (sic); ante lo cual, corresponde declarar la improcedencia de esta acción tutelar, y en su defecto solicitó se deniegue la tutela.