SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0799/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0799/2020-S1

Fecha: 01-Dic-2020

1)

Paul Salinas Vaca en representación de ENDE GUARACACHI S.A., en audiencia pública, manifestó lo siguiente: 1) Existió un vicio en su contratación porque hubo favorecimiento; 2) Con relación a los documentos, estos al ser internos, están en la institución para que se dicte una resolución; y, 3) Solicita se tenga presente estos extremos.

Conforme a la jurisprudencia constitucional, la respuesta debe ser otorgada: 1) En el término establecido por ley[11]; y,           2) Cuando no está previsto un plazo en la norma para que la autoridad o servidor público emita respuesta, el derecho de petición se tiene por lesionado cuando la misma no es emitida dentro de un plazo razonable[12].