SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0852/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0852/2020-S3

Fecha: 04-Dic-2020

II.2.

II.2.  A través de los Autos Interlocutorios 175/19 y 176/19, ambos de 5 de junio de 2019, el Juez  Instrucción Penal Decimoprimero de la Capital del departamento de Santa Cruz rechazó in limine los incidentes de nulidad planteados por el accionante por ser manifiestamente improcedentes, y carecer de fundamentos y elementos probatorios que los sustenten, señalando que esos Autos Interlocutorios no eran recurribles conforme al art. 315.II del CPP. Y ante el pedido de aclaración, complementación y enmienda solicitado por el accionante, declaró no ha lugar. Ante esa situación, el accionante impugnó esos Autos Interlocutorios conforme al art. 180.II de la CPE; por lo que la mencionada autoridad judicial suspendió la audiencia hasta que el Tribunal de alzada se pronuncie con relación a la impugnación planteada (fs. 436 a 439 vta.).