AUTO CONSTITUCIONAL 0033/2020-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0033/2020-RCA

Fecha: 11-Feb-2020

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Contra la citada Resolución formuló recurso de apelación incidental el 12 de enero de 2018, resuelto mediante Auto de Vista 216/2018 de 9 de julio, por los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, sin revisar los antecedentes del proceso y más propiamente la resolución impugnada, no analizaron el fondo y sin motivación efectiva resolvieron declararla inadmisible; decisión que es convalidada por la Jueza de instancia al dictar el decreto de 19 de julio de 2018; y como no procede el recurso de casación, el 8 de mayo de 2019, presentó incidente de nulidad por defecto absoluto contra el prenombrado Auto de Vista; sin embargo, la autoridad judicial demandada, apartándose de la norma procesal establecida en el art. 315.II del Código de Procedimiento Penal (CPP); no obstante, reconocer el error cometido por la citada Sala Penal, emitió un simple decreto el 28 del referido mes y año, determinando declarar no ha lugar a la tramitación del incidente por su manifiesta improcedencia y sin recurso ulterior, apartándose del debido proceso, la congruencia y la debida fundamentación de las resoluciones, dejando a la ANB en un estado de indefensión frente a las vulneraciones efectuadas por el Auto de Vista, ya que contra dicho fallo, el único mecanismo previsto es el incidente de nulidad, el cual fue agotado con su interposición y la emisión del decreto impugnado, el cual no admite recurso ulterior.