Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0044/2020-RCA
Fecha: 18-Feb-2020
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 24 de enero de 2020, cursante de fs. 155 a 156 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del departamento de Cochabamba.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- la competencia para dar solución a esta situación es entera responsabilidad del Decano de la Facultad de Arquitectura y Ciencias del Hábitat
- Fragmento 3
- a)
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- entendido éste como la utilización previa de todos los medios y recursos previstos en el ordenamiento jurídico
- b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
- CONFIRMAR