Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0045/2020-CA
Fecha: 03-Mar-2020
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En consulta la Resolución de 6 de febrero de 2020, cursante de fs. 52 a 53 vta., pronunciada por la Autoridad Sumariante del Régimen Disciplinario de la Fiscalía Departamental de Santa Cruz, por la que rechazó promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Cirilo Chambilla Siñani, demandando la inconstitucionalidad del art. 64 inc. c) cuarta parte del Reglamento de Régimen Disciplinario del Ministerio Público, por ser presuntamente contrario a los arts. 13.I, 14.I, 109.I, 115.II, 116.I, 117.I, 119, 180.I y II, y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).
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- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
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- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 5
- el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
- Fragmento 7
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR