AUTO CONSTITUCIONAL 0058/2020-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0058/2020-RCA

Fecha: 02-Mar-2020

i)

Refiere que: i) El Auto de Vista de 18 de octubre de 2019, fue pronunciado en cumplimiento de una Resolución de acción de libertad, la cual vulnera su derecho a la libertad de expresión, al debido proceso en sus elementos de motivación y fundamentación, debido a que omitió pronunciarse respecto al agravio sobre la restricción de dirigirse a los medios de comunicación, impuesta en audiencia de aplicación de medidas cautelares, que producto de la apelación formulada por el Viceministerio de Transparencia Institucional y Lucha contra la Corrupción dependiente del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional y el Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo, la misma fue revocada, es decir, esa prohibición también fue anulada; ii) La SCP 0015/2018-S2 de 2 de febrero, mencionada en la Resolución que rechazó la presente acción de defensa, no es aplicable por contener un problema jurídico diferente; y, iii) La problemática formulada resulta ser sui generis, porque la violación al derecho a la libertad de expresión y a la debida motivación, surgen de una resolución judicial -Auto de Vista de 18 de octubre de 2019-, emergente del cumplimiento de una acción de libertad, aclarando que los motivos, fundamentos y pretensiones, de esta última demanda tutelar con la acción de amparo constitucional son diferentes, no existiendo identidad de objeto, sujeto y causa.