Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2020-S2
Fecha: 05-Mar-2020
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de la Caja Nacional de Salud (CNS) contra Favio Fernando Palenque de la Quintana -ahora accionante- por la presunta comisión del delito de incumplimiento de deberes, por memoriales presentados el 31 de julio, 8 y 22 de agosto de 2019, el prenombrado solicitó la aplicación del criterio de oportunidad reglada; requiriendo la Fiscal de Materia demandada, al primero de ellos, “Informe el investigador asignado al caso, sobre la procedencia” (sic [fs. 16 a 17 vta.; y, 20 y vta.]).
- acción de libertad
- ‘Que el investigador asignado al caso informe’
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión,
- Fragmento 10
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR