Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2020-S4
Fecha: 05-Mar-2020
Fragmento 9
Establecida la problemática expuesta así como los antecedentes procesales, en primer término corresponde referir que de conformidad al entendimiento jurisprudencial desarrollado en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, este Tribunal determinó que cuando quién interpone acción de libertad y activa paralelamente un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico, no procede esta acción tutelar en aplicación de la excepción al principio de subsidiariedad.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Inadmisibilidad de activar dos jurisdicciones de manera simultánea en aplicación de la excepción de subsidiariedad
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 9
- REVOCAR