SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2020-S4

Fecha: 05-Mar-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

A consecuencia del proceso penal que le sigue el Ministerio Público a instancia de Sonia Mirian Escobar Mamani, por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, viene siendo perseguido indebidamente, puesto que a pesar de haberse dejado sin efecto el mandamiento de aprehensión emitido en su contra, fue efectivizado el 24 de junio de 2019, razón por la que interpuso incidente de actividad procesal defectuosa por ilegalidad en la aprehensión, ante el juez a cargo del control jurisdiccional; aspecto que juntamente a la consideración de aplicación de medidas cautelares debieron ser considerados y resueltos el 9 de agosto de 2019; sin embargo, la fiscal –ahora demandada– en total deslealtad procesal emitió una segunda orden de aprehensión, pese a tener conocimiento que la primera fue reclamada ante el juez de la causa y se encontraba pendiente de resolución, extremo que evidencia que la incomparecencia injustificada para emitir la segunda orden nunca existió, tornándose por tanto su ejecución ilegal.

Concluyó señalando que las detenciones indebidas de las que fue objeto pretendían subsanar errores procedimentales, debido a que el Ministerio Público emitió imputación formal sin la existencia de declaración informativa, omisión insubsanable e inconvalidable, que llevaron al uso de su poder coercitivo de manera abusiva e ilegal, emitiendo órdenes de aprehensión en franco incumplimiento de los requisitos exigidos por el art. 224 del Código de Procedimiento Penal (CPP).