SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2020-S2

Fecha: 17-Mar-2020

a)

Solicitó se conceda la tutela disponiendo: a) Se anule antecedentes hasta el Auto de Apertura de Juicio Oral 85-C/2019 y sea desarrollada conforme al art. 393 quinquer del CPP; b) Costas de Bs50 000.- (cincuenta mil bolivianos) y sea donada a los niños que se encuentran recluidos en distintos centros penitenciarios; c) La remisión de las partes pertinentes a la unidad disciplinaria del Consejo de la Magistratura; y, d) Se ponga a conocimiento del Ministerio Público, los ilícitos derivados del incumplimiento de deberes y otros.

…para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad’” (las negrillas son nuestras).