SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2020-S4
Fecha: 12-Mar-2020
denegó
El Juez de Sentencia Penal Primero del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 24 de 14 de agosto de 2019, cursante de fs. 53 a 55 vta., denegó la tutela; en base a los siguientes fundamentos: 1) Los señalamientos de audiencia de imputación y de aplicación de medidas cautelares, no tienen vinculación directa con el derecho a la libertad del accionante, ya que es precisamente en dicha audiencia donde recién se considerara las medidas cautelares solicitadas, no pudiendo considerarse dicho señalamiento como un acto procesal que vaya a operar de manera directa contra la libertad del accionante; y, 2) La “SCP 145/2015”, señala que los actos lesivos reclamados deben necesariamente estar vinculados con la libertad y que operen como causa directa de la restricción; así razonó también el Tribunal Constitucional Plurinacional, en la SCP 1267/2015 de 13 de noviembre, en un caso análogo; no siendo el planteamiento expuesto en la presente acción tutelar, atendible en virtud a los lineamientos expuestos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- proteger a los ciudadanos de posibles abusos de las autoridades, que se originen en actuaciones u omisiones procesales o en decisiones que dichas autoridades adopten y de las cuales emerja la lesión a sus derechos y garantías, como elementos del debido proceso
- indebido procesamiento
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- CONFIRMAR