SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2020-S4
Fecha: 19-Mar-2020
1)
Favio Augusto Selaez Cuevas, Presidente del Colegio Departamental de Arquitectos de La Paz, en audiencia manifestó lo siguiente: 1) La ahora accionante prestó servicios por más de veinticinco años en el área de biblioteca, pero lamentablemente se dispuso el cierre de la mencionada área por instrucción de la Directiva del año 2016; mediante instructivo de CDALP-201/2017 de 29 de noviembre, emitido por la anterior gestión; sin embargo, fue trasladada a otros ambientes ampliando sus funciones, no concernientes a biblioteca; 2) La situación financiera del citado ente colegiado, era muy baja, pues no solamente se prescindió de los servicios de la hoy impetrante de tutela, sino también de otras tres personas; y, 3) Se presentó un recurso jerárquico el 12 de octubre de 2018, mismo que aún no fue resuelto; no obstante, dentro de la presente acción de defensa no se menciona nada sobre el referido recurso; por lo cual, solicitó al Juez de garantías no dar curso a la petición hasta que no concluya la vía administrativa, aspecto que inviabiliza que la referida autoridad pueda otorgar la tutela impetrada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- CONMINA A LA REINCORPORACION INMEDIATA
- a)
- 1)
- concedió
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios de estabilidad y continuidad laboral, inmanentes al derecho al trabajo y al empleo
- III.2. La aplicación del estándar más alto de protección y la obligatoriedad de cumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR