AUTO CONSTITUCIONAL 0092/2020-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0092/2020-CA

Fecha: 28-May-2020

II.3.  Análisis del cumplimiento de los requisitos de admisión en el caso concreto

Art. 12.III del DS 4200, en cuyo tenor dispone lo que sigue: “En caso de incumplimiento por las Entidades Territoriales Autónomas, de lo señalado en el Parágrafo precedente, los Servicios Departamentales de Salud –SEDES- de manera excepcional y temporal pasarán a dependencia técnica, administrativa y de gestión, al Ministerio de Salud, para lo cual se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, realizar las modificaciones presupuestarias correspondientes”. Decreto emitido y suscrito por las siguientes autoridades: Jeanine Añez Chávez, Karen Longaric Rodríguez, Yerko Martin Nuñez Negrette, Arturo Carlos Murillo Prijic, Luis Fernando López Julio, Carlos Melchor Diaz Villavicencio, José Luis Parada Rivero, Victor Hugo Zamora Castedo, Álvaro Rodrigo Guzmán Collao, Wilfredo Rojo Parada, Iván Arias Durán, Carlos Fernando Huallpa Sunagua, Álvaro Eduardo Coimbra Cornejo, Oscar Bruno Mercado Céspedes, Anibal Cruz Senzano, Maria Elva Pinckert de Paz; Victor Hugo Cárdenas Conde, Beatriz Eliane Capobianco Sandoval, Martha Yujra Apaza, Maria Isabel Fernández Suarez y Milton Navarro Mamani.