AUTO CONSTITUCIONAL 0092/2020-CA
Fecha: 28-May-2020
RECHAZAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 27.II inc. c) del Código Procesal Constitucional, resuelve: RECHAZAR la acción de inconstitucionalidad abstracta, planteada por Mario Orellana Mamani, Asambleísta Departamental de Cochabamba, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 12.III del Decreto Supremo 4200 de 25 de marzo de 2020; y, Primero y Segundo de la Resolución Ministerial 0196 de 13 de abril del mismo año; por transgredir los arts. 1, 11, 270, 277, 279, 341.4 y 299.II inc. 2) de la Constitución Política del Estado (CPE), así como los principios de supremacía constitucional, jerarquía normativa, reserva de ley y “distribución de competencias”; así como la solicitud de aplicación de medida cautelar.
- acción de inconstitucionalidad abstracta
- I.1. Argumentos jurídicos de la acción
- I.3. TRAMITE PROCESAL EN EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2.
- II.3. Análisis del cumplimiento de los requisitos de admisión en el caso concreto
- ESTABLECER
- DESIGNAR
- II.5. Respecto a la solicitud de aplicación de medida cautelar
- RECHAZAR