AUTO CONSTITUCIONAL 0115/2020-CA
Fecha: 13-Jul-2020
se fundamenta en la necesidad de establecer si realmente existe una oposición objetiva y verificable entre el contenido de la ley y el texto de la Constitución Política
Lo expresado tiene relación con lo expresado por la Corte Constitucional de Colombia cuando estableció los cargos mínimos en su Sentencia C-1052/01: “Las razones son específicas si definen con claridad la manera como la disposición acusada desconoce o vulnera la Carta Política a través 'de la formulación de por lo menos un cargo constitucional concreto contra la norma demandada ʽ. El juicio de constitucionalidad se fundamenta en la necesidad de establecer si realmente existe una oposición objetiva y verificable entre el contenido de la ley y el texto de la Constitución Política, resultando inadmisible que se deba resolver sobre su inexequibilidad a partir de argumentos vagos, indeterminados, indirectos, abstractos y globales que no se relacionan concreta y directamente con las disposiciones que se acusan. Sin duda, esta omisión de concretar la acusación impide que se desarrolle la discusión propia del juicio de constitucionalidad”» (las negrillas nos corresponden).
- acción de inconstitucionalidad abstracta
- I.1. Argumentos jurídicos de la acción
- V.I.
- PRONUNCIE EL AUTO DE ADMISIÓN DE LA PRESENTE ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD ABSTRACTA CONTRA LA PARTE PERTINENTE DESARROLLADA LÍNEAS SUPRA DE DEL ARTÍCULO 1 DE LA LEY N° 1304 DE 21 DE JUNIO DE 2020 Y DECLARE LA INCONSTITUCIONALIDAD CON EFECTO DEROGATORIO DE LA PARTE REFERIDA DEL ARTÍCULO 1° DE LA LEY IMPUGNADA POR ATENTAR LOS DERECHOS HUMANOS (PARTE DEL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD) DE LA SALUD Y LA VIDA, ASÍ COMO DERECHOS POLÍTICOS PRECITADOS CONSIGNADOS EN LA CONSTITUCION POLÍTICA DEL ESTADO
- cualquier miembro de la Asamblea Legislativa Plurinacional
- no significa que se deba realizar una mera enunciación de estas disposiciones sino que deberá ser de forma fundamentada haciendo mención a los artículos, valores y principios constitucionales que violaría esta norma, también en términos claros el accionante deberá mencionar el por qué considera que el precepto objeto de la acción de inconstitucionalidad, se encuentra contrapuesta con la Ley Fundamental, hechos que deberán ser además ciertos y verificables de la lectura de la propia ley
- se fundamenta en la necesidad de establecer si realmente existe una oposición objetiva y verificable entre el contenido de la ley y el texto de la Constitución Política
- II.3. Análisis del caso concreto
- RECHAZAR