Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0132/2020-CA
Fecha: 31-Jul-2020
RECHAZAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 27.II inc. c) del Código Procesal Constitucional, resuelve: RECHAZAR la acción de inconstitucionalidad abstracta interpuesta por Lidia Paty Mullisaca, Diputada Titular de la Asamblea Legislativa Plurinacional, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 1 y 2 del Decreto Supremo 4277 de 26 de junio de 2020.
- acción de inconstitucionalidad abstracta
- I. SÍNTESIS DE LA ACCIÓN
- Cumplida la formalidad establecida en el numeral 10 del Parágrafo I del Art. 158
- cualquier miembro de la Asamblea Legislativa Plurinacional
- Fragmento 5
- no basta con precisar cuáles son, ya que dicho aspecto por sí mismo, no es causal para que el Tribunal Constitucional Plurinacional, pueda ingresar a realizar la contrastación correspondiente, debiendo cumplirse en todo caso los requisitos exigidos; toda vez que, debe estar fundamentada, ser congruente la argumentación de por qué es contraria a la Ley Fundamental el precepto impugnado
- II.3. Análisis del caso concreto
- RECHAZAR