Fragmento 1
La suscrita Magistrada expresa su disidencia respecto a la SCP 0136/2020-S3 de 16 de julio, dado que si bien estaba de acuerdo con la denegatoria de la acción, por así corresponder a la situación fáctica; empero, no compartía los fundamentos asumidos para ello en el citado fallo constitucional, debido a que en el presente caso ameritaba denegar la tutela por falta de legitimación pasiva de la autoridad accionada; por lo que, en el plazo establecido expresa su Voto Disidente, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales:
