Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0054/2020-S1
Fecha: 16-Jul-2020
II.4.
II.4. Mediante diligencia de notificación realizada al impetrante de tutela el 27 de mayo de 2019, con memoriales de 7 y 8 del igual mes y año, así como con los dos decretos de 9 de ese similar mes y año; se observó, que la misma se efectuó en la “AV. URUGUAY CALLE PROLONGACIÓN QUIJARRO Nº 93 PLANTA ALTA, DR. OSCAR WILDER R” (sic [fs. 5]).
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1)
- III.1. La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad aplicable en materia de asistencia familiar ante la emisión de un mandamiento de apremio
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- III.2. El incidente en el Código de las Familias y del Proceso Familiar
- III.3. Análisis del caso concreto
- calle Uruguay 131 oficina 107
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA