SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2020-S4

Fecha: 10-Jul-2020

Respecto a la Secretaria demandada,

Respecto a la Secretaria demandada, del Fundamento Jurídico III.4 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se tiene que la presente acción tutelar puede ser dirigida contra los funcionarios de apoyo judicial, entre ellos la Secretaria o Secretario de los Juzgados, ya que al momento en que la norma y fundamentalmente la Ley del Órgano Judicial, les imponen deberes, son sujetos de responsabilidades por el cumplimiento de los mismos y de aquellos que por norma las autoridades jurisdiccionales les deleguen; si de la inobservancia o incumplimiento de dichos deberes se produce la vulneración de derechos fundamentales, ese funcionario adquiere responsabilidad por su acción u omisión. En el presente caso, habiéndose constatado, que la Secretaria demandada, incumplió ordenes de la autoridad jurisdiccional, ya que no remitió obrados al Tribunal de alzada para la tramitación de la apelación en el tiempo normado, generó con ello una dilación innecesaria que vulnera el derecho al debido proceso en su componente de celeridad, vinculado a al derecho a la libertad del impetrante de tutela. 

Por lo expuesto, y en aplicación a la jurisprudencia constitucional citada en el Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo constitucional, corresponde conceder la tutela en la modalidad traslativa o de pronto despacho, cuya finalidad es buscar acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos.