Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2020-S4
Fecha: 10-Jul-2020
Fragmento 10
Finalmente, resulta pertinente mencionar que ante la advertencia de cualquier acto presuntamente irregular en la tramitación del proceso penal, la vía idónea para su impugnación es la acción de amparo constitucional, previo a agotar los mecanismos intraprocesales; en consecuencia corresponde denegar lo solicitado, sin ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- “improcedencia”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cuando se demuestre que esas vulneraciones afectaron directamente al derecho a la libertad física o libertad de locomoción del accionante, dicha protección se verá materializada a través de la acción de libertad, en aquellos casos en los cuales, el procesamiento indebido constituya la causa directa que originó la restricción o supresión de los antes citados derechos
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 10
- Fragmento 11