Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2020- S4
Fecha: 10-Jul-2020
1° CONCEDER
1° CONCEDER en parte la tutela impetrada, disponiendo que el Juez de Instrucción Anticorrupción y Violencia Hacia la Mujer Primero del departamento del Beni, en Suplencia legal del Juzgado de Instrucción Penal Primero de Riberalta del mismo departamento o la autoridad que ejerza actualmente el control jurisdiccional de los procesos penales del accionante, tramite la reposición de los cuerpos procesales extraviados y/o partes procesales pertinentes, conforme al razonamiento expuesto en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; y,
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la protección del derecho a la vida en acción de libertad
- en última instancia, asegurar el derecho a la vida
- Fragmento 13
- De lo glosado, se concluye que, en el caso excepcional de la pérdida del expediente, cuaderno de investigación o cualquier documentación que impida la prosecución de un proceso penal, es el Juez de la causa quien, sin demora debe cumplir con la normativa señalada
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte
- 1° CONCEDER