SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2020-S4

Fecha: 14-Jul-2020

1)

La parte accionante identifica como acto lesivo a sus derechos el mandamiento de apremio de 11 de mayo de 2019, emitido por la Jueza hoy demandada; denunciando esencialmente dos aspectos: 1) Que no fue notificado personalmente con dicho mandamiento de apremio; y, 2) La emisión consecutiva de dos órdenes de apremio generó que su situación jurídica se torne indefinida, razón por la que considerando que el primer mandamiento se encontraba vigente no existía la posibilidad de que la autoridad jurisdiccional demandada libre un segundo mandamiento de apremio en su contra.

De los antecedentes procesales que cursan en obrados, se evidencia que la existencia del mandamiento de apremio de 22 de febrero de 2019, librado contra el impetrante de tutela por la jueza demandada (Conclusión II.1); por otro lado, mediante memorial de 8 de abril de 2019, María Antonia Chávez Aponte, presentó liquidación de pensiones de asistencia familiar (Conclusión II.2); que mereció la emisión del decreto de 10 del mes y año referidos, por el que dicha autoridad corrió su traslado al accionante siendo materializada la notificación personal el 12 de abril de 2019 (Conclusión II.3); en cuyo efecto, a través de memorial de 17 de abril de 2019, el solicitante de tutela formuló observaciones a la liquidación presentada, aspecto que fue puesto a conocimiento de la parte contraria mediante decreto de 29 de abril del mismo año (Conclusión II.4); que fue respondido por María Antonia Chávez Aponte, por memorial de 3 de mayo de 2019 (Conclusión II.5); finalmente, consta Certificado de Permanencia y Conducta de 16 de septiembre de 2019, emitido por el Director del Centro Penitenciario Mocovi de Beni (Conclusión II.6).