Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2020-S1
Fecha: 22-Jul-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad física y de locomoción; toda vez que, pese a que los médicos de la Clínica “Trauma Clinic”, indicaron que estaba fuera de peligro y que podía recibir tratamiento ambulatorio en su domicilio, al no cancelar la deuda por concepto de gastos y tratamiento médico, por no contar con los recursos económicos, el Director General y el Administrador, respectivamente, de la mencionada Clínica, se negaron a darle el alta correspondiente, encontrándose retenido en dicha Clínica, sin que se le permita acogerse a un plan de pagos; por ello, solicitó se conceda la tutela y se disponga el cese de la retención indebida.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- b)
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- i)
- ii)