Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0130/2020-S2
Fecha: 16-Jul-2020
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del fenecido proceso penal que le siguió el Ministerio Público por el delito de robo agravado, el 9 de septiembre de 2016, ingresó al Centro Penitenciario San Pedro de La Paz, con mandamiento de condena de tres años de presidio expedido por el Juez de Instrucción Penal Sexto de El Alto del mencionado departamento.
El 9 de septiembre de 2019, solicitó al Juez demandado libre mandamiento de libertad definitiva a su favor por cumplimiento de condena, sin obtener respuesta alguna; asimismo, el 11 de similar mes y año, reiteró dicha petición, la que tampoco tuvo pronunciamiento; por lo que, la referida autoridad dilató en resolver las mismas.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- debe ser liberado en el día
- Fragmento 14
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR