SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2020-S2
Fecha: 16-Jul-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denunció la vulneración de su derecho a la libertad, puesto que las autoridades demandadas por tercera vez suspendieron la audiencia de consideración de modificación de la medida cautelar de detención domiciliaria en el proceso penal que le sigue el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de trata y tráfico de personas, sustentándose en la falta de notificación por edicto a uno de los representantes de la víctima -Alejandro Baltazar-, cuando dicha diligencia fue practicada en su domicilio procesal como para todos los anteriores actos procesales a los que asistió, y pese a encontrarse presente otra de las representantes de la víctima, se ordenó su notificación a través de ese medio, resultando en dilatoria esa determinación que lesiona su derecho a la locomoción, ya que fue suspendida de su fuente laboral hace más de un año, siendo necesaria la realización de dicho verificativo; por lo que, es factible la interposición de la acción de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de los demandados
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- este Tribunal Constitucional, agregó a la tipología del hábeas corpus desarrollada por la jurisprudencia, al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, el cual se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- LUNES 14 DE OCTUBRE A HORAS A PARTIR DE HORAS 11:00 AM
- CONFIRMAR