Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0153/2020-S2
Fecha: 16-Jul-2020
II.5.
II.5. Carlos Montenegro Aguilar, Inspector de Trabajo, a través de Informe MTEPS-JDT CO-CMA-0631-INF/19 de 21 de mayo de 2019, señaló que realizada la verificación in situ, la empresa ASTRIX S.A., no dio cumplimiento a lo dispuesto en la Conminatoria MTEPS-JDT CO-047/19, por tanto no se procedió a la reincorporación de la trabajadora Sandra Ana Antezana Quiroz -ahora accionante- (fs. 11).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de la Jefatura Departamental de Trabajo
- concedió
- I
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Contextualización de línea de la acción de amparo constitucional ante incumplimiento de las conminatorias de reincorporación. Jurisprudencia reiterada
- de ahí que para concederse una tutela constitucional debe analizarse en cada caso la pertinencia de la conminatoria,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR