SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2020-S2

Fecha: 16-Jul-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

A momento de realizar la nacionalización de sus mercancías amparadas en la Declaración Única de Importación (DUI) C-8267/422/2018, se emitió la Orden de Control Diferido 2018CDGRO0000506 de 15 de mayo de 2018, actuado con el que fue notificado de forma personal el 29 de igual mes y año, procedimiento del cual derivó el proceso por contrabando contravencional, caso denominado “GRIFO GRIFOS FV” según Acta de Intervención GRORU-C-0006/2018 de 16 de octubre, sumario por demás injusto y atentatorio a sus intereses, mismo que concluyó con la emisión de la Resolución Sancionatoria GRORU-RC-0016/2018 de 28 de diciembre, que dispuso el comiso definitivo de su mercancía.

Mediante memorial presentado el 2 de abril de 2019 solicitó a la Administración Aduanera Regional Oruro, la nulidad de obrados, petición que fue atendida a través del Proveído AN-GROGR-ULEOR-PROV 061/2019 de 17 de abril, que refirió: “…Continuando con el procedimiento se emitió la Resolución Sancionatoria GRORU-RC-0016/2018 de 28 de diciembre de 2018 notificada en secretaria en fecha 09 de enero de 2019, al encontrarse ejecutoriada la referida resolución los antecedentes originales fueron remitidos a la Administración Aduana Frontera Tambo Quemado a efectos de la disposición de la mercancía en cumplimiento a normativa aplicable.” (sic).

Coligiendo de ello que el proceso administrativo correspondiente al Acta de Intervención Contravencional GRORU-C-0006/2018, se encuentra concluido con el pronunciamiento de la Resolución Sancionatoria, la cual le fue notificada por Secretaría, hecho que no correspondía puesto que los funcionarios de la ANB le mencionaron que se encontraba vigente la notificación electrónica.

Finaliza señalando que conforme las obligaciones establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo -Ley 2341 de 23 de abril de 2002-, y el Código Tributario Boliviano -Ley 2492 de 2 de agosto de 2003-, realizó el seguimiento del caso, razón por la cual el 17 de octubre de 2018, se notificó de forma personal con el Acta de Intervención Contravencional, presentando la documentación de descargo necesaria a fin de demostrar la legalidad de su mercancía.