SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0193/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0193/2020-S1

Fecha: 29-Jul-2020

a)

La accionante, a través de su abogado, ratificó los extremos planteados en su demanda, ampliándolo señaló lo siguiente: a) En todo trámite administrativo o judicial que exista demora indebida para resolver la situación jurídica de un privado de libertad, se activará la acción de libertad de pronto despacho, con la procura de buscar la obtención de la tutela impetrada, el principio de celeridad y respeto a los derechos humanos, evitando una tramitación o paralización por procedimiento dilatorio; b) La Jueza demandada, a través de su informe, refiere que no se había provisto el material para la remisión; sin embargo, en reiteradas oportunidades, fue al Juzgado a solicitar se pueda extender el cuaderno para poder dejar las copias de los actuados, pero el mismo no estaba en Secretaría; c) El día 30 de septiembre de 2019, se realizó la aplicación de medidas cautelares, en la misma audiencia se interpuso el recurso de apelación, y, recién “el día de hoy” (sic) se ha remitido el cuaderno de apelación, habiendo transcurrido siete días, atentando su derecho a la libertad; y, d) La autoridad demandada con su actuar dilato la tramitación de la apelación por situaciones administrativas.