SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2020-S4

Fecha: 23-Jul-2020

III.3.

De los antecedentes de la presente acción tutelar se tiene que, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra ahora accionante y otros, por la presunta comisión del delito de estafa, este último mediante memoriales de 19 y 23 de septiembre de 2019, respectivamente, solicitó al Juez de Instrucción Penal Segundo del departamento de La Paz, quien se encontraba ejerciendo suplencia legal del Juzgado Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Segundo del citado departamento, pronunciar orden de desarraigo a fin de efectivizar su tránsito de Bolivia a la República de Brasil donde debía ser valorado por un galeno especialista en un Hospital de cuarto nivel, conforme al certificado médico que adjuntó; sin embargo, a decir del impetrante de tutela, esta autoridad judicial con relación a su petitorio hubiese dispuesto mediante decreto que previamente a pronunciarse se notifique a las partes, sin tomar en cuenta que, el proceso penal referido lleva veinte años archivado y no se conoce los domicilios de los referidos sujetos procesales, por lo que, en virtud a esta determinación se hubiese vulnerado sus derechos a la salud, a la vida y a la libertad.

Sobre el particular la jurisprudencia constitucional desarrollada en el Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo constitucional, estableció que  el derecho a la salud es inherente con el derecho a la vida; por lo que, corresponde tutelarlo mediante la acción de libertad cuando se advierta que una persona, a consecuencia del deterioro a su salud, se encuentre confrontando un grave riesgo para su vida, sin la necesidad de agotar previamente las instancias administrativas o judiciales; toda vez que, la vida, al ser el bien jurídico más importante que da origen a los demás derechos, no puede estar supeditada a rigorismos formales para su protección.