SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0227/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0227/2020-S2

Fecha: 24-Jul-2020

denegó

El Juez de Ejecución Penal Tercero del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 15/2019 de 4 de noviembre, cursante de fs. 17 a 18 vta., denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) Debe entenderse al debido proceso conforme lo establecido en la SC 802/2012 de 20 de agosto, como un derecho fundamental que protege al ciudadano de posibles abusos de las autoridades, no solo en sus actuaciones u omisiones procesales sino también por sus decisiones; 2) La suspensión de la audiencia del 31 de octubre de 2019, para el 6 de noviembre del mismo año, fue por motivos que ocurrieron en la ciudad de Nuestra Señora de La Paz, en sentido que se dispuso tolerancia en el horario de trabajo y por el acontecimiento de “Todos Santos”; por lo que, la fijación efectuada no se encontraría fuera del marco legal; 3) No existió una flagrante retardación de justicia con afectación al interés superior del accionante; 4) Se llevó a cabo la audiencia de “modificación” de la detención preventiva y en grado de apelación se fijó la consideración de esa impugnación para el 6 del indicado mes y año; y, 5) La acción de libertad planteada, no se ajustó al espíritu del art. 125 de la CPE y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Plurinacional por no estar relacionada a la libertad o a la modalidad de pronto despacho.