Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0227/2020-S2
Fecha: 24-Jul-2020
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 18 de octubre de 2019, se llevó a cabo la audiencia de cesación de la detención preventiva, emitiéndose el Auto Interlocutorio correspondiente, el que fue apelado de forma oral por los sujetos procesales y sorteada a la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, señalando los Vocales ahora demandados fecha a efecto de su consideración, para el 31 del mismo mes y año a horas 10:45; empero, el día indicado a horas 12:30, luego, de ser instalada se suspendió por el cansancio argüido por dichas autoridades; en razón a que, toda la mañana estuvieron celebrando diferentes audiencias, defiriendo el citado verificativo para el 6 de noviembre de la aludida gestión.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- III.2.
- El Tribunal de apelación resolverá, sin más trámite y en audiencia, dentro de los tres días siguientes de recibidas las actuaciones, sin recurso ulterior
- Es idóneo, porque es el recurso adecuado, apropiado, establecido expresamente en la ley para impugnar las medidas cautelares que vulneren el derecho a la libertad del imputado, en ocasión de la aplicación de las medidas cautelares. Es inmediato, porque el recurso es resuelto sin demora, dado que la ley establece un lapso brevísimo para su resolución (tres días).
- los jueces no pueden obrar contra los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad (art. 73 y ss de la CPE), bajo el argumento de existencia de
- con la intencionalidad de que la población encuentre en el trabajo y en el cumplimiento del deber una grata y satisfactoria labor
- III.4. Análisis del caso concreto
- 13:00 pm
- REVOCAR