SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0243/2020-S3
Fecha: 13-Jul-2020
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La parte accionante a través de su abogado, ratificó íntegramente los argumentos expuestos en su memorial de demanda de la presente acción de libertad; y, ampliándola argumentó, de forma extensa, sobre los motivos de fondo que a su criterio demuestran la existencia de un procesamiento indebido y arbitrario.
En uso de su derecho a la réplica, manifestó que el hecho de haberse remitido de oficio los antecedentes del cuaderno de apelación, fue en virtud a la interposición de la presente acción de libertad y que en todos los casos en que haya una persona privada de su libertad debería cumplirse con el plazo legal establecido en la norma adjetiva penal y de forma inmediata aludiendo -además- al deber de las autoridades judiciales de cumplir los principios que rigen la administración de justicia.