Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0269/2020-S4
Fecha: 27-Jul-2020
II.5.
II.5. Por Auto Interlocutorio 506/2016 de 10 de junio, pronunciado por el entonces Juez Quinto de Instrucción en lo Penal y Cautelar del departamento de Oruro, declaró improbada la excepción de incompetencia en razón de materia interpuesta por las accionantes, disponiéndose continuar con las investigaciones –todo ello en cumplimiento del Auto de Vista 01/2016–; asimismo, cursa Auto de 13 del mismo mes y año, de concesión de alzada, ante el recurso de apelación incidental contra el referido Auto Interlocutorio (fs. 47 a 49 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR