SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0286/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0286/2020-S4

Fecha: 27-Jul-2020

denegó

El Juez de Instrucción Penal Segundo del departamento de Oruro, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 14/2019 de 16 de noviembre, cursante de fs. 51 a 54 vta., denegó la tutela solicitada, expresando los siguientes fundamentos: 1) La determinación asumida por la autoridad demandada, se efectuó bajo la modalidad de una providencia de mero trámite, ante lo cual el art. 401 del Código de Procedimiento Penal (CPP), previene que es posible recurrirla en el plazo de veinticuatro horas; y, 2) Ante la negativa del señalamiento de audiencia, el accionante tenía la posibilidad de activar el recurso de reposición en la jurisdicción ordinaria, que eventualmente podría tener una repercusión inmediata en la modificación del razonamiento de la autoridad judicial, circunstancia que impide ingresar al fondo de la acción de libertad.

Ante la solicitud de aclaración de la parte accionante, sobre la omisión de referirse a jurisprudencia constitucional que establece que la interposición del recurso de reposición no es exigible en los casos referidos a dilaciones indebidas; el citado Juez de garantías, refirió que dicho recurso podría permitir de manera más idónea y eficaz, generarla posibilidad de atender su solicitud de señalamiento de audiencia, lo que justifica su aplicación.