SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0314/2020-S4
Fecha: 29-Jul-2020
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de estafa agravada, dispusieron su detención preventiva en el Centro Penitenciario Palmasola de Santa Cruz, siendo claramente sometida a un procedimiento indebido por el Juez Público Civil y Comercial, Familiar y de Instrucción Penal Tercero del Centro Integrado del Plan Tres mil del departamento de Santa Cruz –ahora demandado– que, en suplencia legal de su similar Primero, atentó contra su vida y la de su hijo, al no responder las solicitudes de autorización de salidas, para revisión médica y realización de ecografía, planteadas mediante memoriales de 30 de septiembre y 11 de octubre ambos de 2019; así como la petición de audiencia de cesación a la detención preventiva de 14 de noviembre del mismo año; sin tomar en cuenta que tenía siete meses de gestación, que dicho embarazo era de alto riesgo pues presentaba sangrados, ni la improcedencia de su privación de libertad; limitándose a referir que no era titular del Juzgado y que en el suyo tenía bastante carga procesal, desconociendo así la protección especial y reforzada post y pre natal de la mujer embarazada reconocida por la jurisprudencia constitucional, permitiendo que durante los veinticinco días de paro cívico, se vea impedida de atención médica.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II.1. La celeridad en las actuaciones vinculadas con la libertad personal y la acción de libertad de pronto despacho. Jurisprudencia reiterada
- Traslativo o de pronto despacho, a través del cual se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona privada de libertad.
- pronto despacho
- tramitadas, resueltas
- III.2. Del Plazo establecido para el señalamiento de audiencia ante una solicitud de cesación a la detención preventiva y la celeridad en su tramitación
- con la mayor celeridad posible, y dentro de los plazos legales si están fijados
- III.3.
- CONFIRMAR en parte