AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2020-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2020-O

Fecha: 25-Ago-2020

I.1. Contenido de la queja por incumplimiento

El denunciante, por memoriales presentados ante la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, el 18 de junio de 2019; y, de ampliación el 1 de julio de igual año, solicitó el cumplimiento de la Resolución 87/2019 de 7 de junio, reclamando que las autoridades demandadas no hubiesen acatado con la determinación del referido fallo, el cual dispuso que se emita nueva resolución respecto a la apelación que plantearon dentro del trámite de obtención de personalidad jurídica de la Agrupación Ciudadana Municipal UNIR – Sucre, en el plazo de ley, es decir, en setenta y dos horas conforme prevé el art. 227 de la Ley del Régimen Electoral –Ley 026 de 30 de junio de 2010–; puesto que, cuando se apersonaron al Tribunal Electoral Departamental de Chuquisaca, instancia en la que, se entrevistaron vía telefónica con la Secretaria de Cámara del Tribunal Supremo Electoral, se les comunicó que dicha Resolución fue pronunciada pero que se encontraba en firmas.