SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0267/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0267/2020-S1

Fecha: 05-Ago-2020

a)

El accionante a través de su represente sin mandato y su abogado ratificó la acción de libertad y ampliando la misma manifestó que: a) La privación de libertad en un centro médico público o privado sustentada en la falta de pago de la prestación del servicio, constituye la vulneración del derecho a la libertad, bajo responsabilidad del Director; b) Asimismo, el cobro por la atención médica debe deducirse por la vía legal correspondiente, de ninguna manera emplear la privación de libertad; c) Finalmente no se puede emplear la privación de libertad como medio para exigir el pago de alguna deuda; y, d) Aclaro que el impetrante de tutela está con alta médica desde el 26 de noviembre de 2019.