SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0285/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0285/2020-S2

Fecha: 04-Ago-2020

a)

El Comité Ejecutivo Nacional de los Trabajadores Fabriles de Bolivia y la F.D.T.F.L.P., mediante sus abogados, expusieron que: a) Existe desconocimiento del empleador al derecho de asociarse y constituir en sindicato a los trabajadores de dicha Empresa, establecido en el art. 51 de la CPE, pretendiendo confundir a las autoridades, sin demostrar causal alguna que se adecúe al art. 16 de la LGT, menos un indebido proceso que hubiera advertido hasta la emisión de la Conminatoria, tomando en cuenta que en esa instancia, la empresa demandada no presentó prueba alguna que justifique el despido; en la presente audiencia, hicieron conocer ciertas notas dirigidas contra los trabajadores sin respaldo legal alguno por no haberse presentado ante la autoridad del trabajo; y, b) La          SCP “0229/2018” vincula a la obligatoriedad de cumplimiento de la Conminatoria que expidió el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, del mismo modo refirieron aspectos relacionados a la demanda, estando transcritos en su integridad en el acta adjunta al presente fallo.