Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0317/2020-S2
Fecha: 04-Ago-2020
III.3. Otras consideraciones
Se insta a las autoridades de la Sala Constitucional Tercera de El Alto del departamento de La Paz, que previo a ingresar al análisis de fondo de acciones tutelares puestas a su consideración, en este caso la de amparo constitucional; verifiquen la concurrencia de las causales de improcedencia y de los principios rectores de inmediatez y subsidiariedad que rigen el presente mecanismo extraordinario de tutela; conforme lo exige el art. 129 de la CPE; y, 53, 54 y 55 del CPCo.