SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0359/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0359/2020-S4

Fecha: 05-Ago-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público en su contra, por la presunta comisión del delito de incumplimiento de deberes, cuya audiencia de apelación incidental estaba señalada para el 4 de diciembre de 2019, en contra del Auto Interlocutorio de 27 de noviembre de 2017 que dispuso en su favor la cesación a su detención preventiva; sin embargo, debido a la ausencia de algunos sujetos procesales que fueron notificados oportunamente, la misma fue suspendida y reprogramada por el Vocal ahora demandado, quien realizando una incorrecta interpretación del art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), que establece que la apelación debe ser resuelta dentro del plazo de tres días, dispuso diferir el acto procesal señalado, para el 10 del mismo mes y año, sin tomar en cuenta que en la audiencia suspendida, se encontraba presente la parte apelante y que por tanto tenía la oportunidad de exponer y fundamentar sus agravios.